Marcha Atlética
Reglamento técnico
Artículo 230
Definición de Marcha Atlética
1.- La Marcha Atlética es una progresión de pasos ejecutados de modo que el atleta se mantenga en contacto con el suelo, a fin de que no se produzca pérdida de contacto visible (a simple vista). La pierna que se avanza tiene que estar recta, (es decir, no doblada por la rodilla) desde el momento del primer contacto con el suelo hasta que se halle en posición vertical.
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Ejemplos de falta por flexión y por pérdida de contacto
Vídeo con ejemplos de juzgamiento de Marcha
Jueces
2. (a) Los Jueces de Marcha designados elegirán un Juez Jefe, si dicho Juez no ha sido nombrado con anterioridad.
(b) Todos los Jueces actuarán individualmente y sus juicios se basarán en observaciones hechas a simple vista.
(c) En competiciones organizadas según el Artículo 1.1 (a) de la IAAF, todos los Jueces serán Jueces Internacionales de Marcha. En competiciones organizadas según el Artículo 1.1(b), (c), (e)(ii), (f), (g) y (j), todos los Jueces serán Jueces de Marcha de Área o Jueces Internacionales de Marcha.
(d) En las pruebas en carretera, deberá haber normalmente un
mínimo de seis y hasta un máximo de nueve Jueces, incluido el Juez Jefe.
(e) En pruebas en pista, deberá haber normalmente seis Jueces, incluido el Juez Jefe.
(f) En competiciones organizadas según el Artículo 1.1 (a) no más de un Juez de cada país puede ser invitado a oficiar.
Juez Jefe
3. (a) En competiciones a las que se refiere el Artículo 1.1(a), (b), (c), (d) y (f), el Juez Jefe tiene la facultad de descalificar a un atleta en el interior del Estadio o en los últimos 100 metros cuando la prueba tenga lugar únicamente en la pista o en recorrido en carretera, cuando por su modo de progresión el atleta infringe obviamente el punto 1 anterior, cualquiera que sea el número de tarjetas rojas que el Juez Jefe haya recibido para el atleta en cuestión. Un atleta descalificado por el Juez Jefe en estas circunstancias tendrá el derecho de terminar la prueba.
(b) El Juez Jefe actuará como supervisor oficial de la competición y solamente actúa como Juez en la situación especial señalada en el apartado (a) anterior en competiciones organizadas según el Artículo 1.1 (a), (b), (c), (d) y (f) de la IAAF. En competiciones organizadas bajo el Artículo 1.1 (a), (b), (c) y (f) de la IAAF, un máximo de dos Adjuntos del Juez Jefe deberán ser designados. El/los Adjunto/s del Juez Jefe ayudarán en el aviso (notificación) de las descalificaciones solamente y no actuarán como Jueces de Marcha.
(c) En todas las competiciones organizadas según el Artículo 1.1(a),(b),(c) y (f) un Oficial a cargo del Tablón de anuncios y un Secretario del Juez Jefe serán nombrados.
Avisos
4. Los atletas tienen que ser avisados cuando, por su modo de progresión, corren el riesgo de incumplir con el apartado 1 de este Artículo. Un disco amarillo con el símbolo en ambas caras de la irregularidad cometida les será mostrado. No podrán ser objeto de un segundo aviso del mismo Juez por la misma infracción. Habiendo avisado a un atleta, el Juez tiene que informar de esta acción al Juez Jefe después de la competición.
Tarjetas rojas
5. Cuando un Juez observa la infracción del apartado 1 de este Artículo, en cualquier momento de la prueba, bien por pérdida visible de contacto
o por doblar la rodilla, el Juez enviará una Tarjeta Roja al Juez Jefe.
Descalificación
6. (a) Cuando tres tarjetas rojas de tres jueces diferentes hayan sido enviadas al Juez Jefe del mismo atleta, el atleta será descalificado e informado de esta descalificación por el Juez Jefe o su Adjunto mostrando al atleta un disco rojo. La ausencia de notificación no conllevará la recalificación de un atleta descalificado.
(b) En todas las competiciones, ya sean directamente controladas por la IAAF o se desarrollen con su autorización, en ninguna circunstancia las tarjetas rojas de dos Jueces de la misma nacionalidad tendrán la facultad de descalificar.
(c) En las pruebas en pista, un atleta que es descalificado tiene que abandonar la pista inmediatamente y, en las pruebas en carretera, el atleta, inmediatamente después de ser descalificado, se quitará los números de identificación y saldrá del circuito (ruta). Todo atleta descalificado que incumpla la obligación de abandonar el circuito o la pista puede estar expuesto a otras acciones disciplinarias adicionales de acuerdo con el Artículo 22.1 (f) y 145.2 de la IAAF.
(d) Uno o más Tableros de anuncios se colocará/n en el circuito y cerca de la llegada para mantener a los atletas informados del número de tarjetas rojas que han sido enviadas al Juez Jefe para cada atleta. El símbolo de cada infracción cometida deberá igualmente figurar en el Tablero de anuncios.
(e) En todas las competiciones del Artículo 1.1(a) de la IAAF, aparatos informáticos portátiles con capacidad de transmisión deben ser utilizados por los Jueces para comunicar todas las tarjetas rojas al Secretario y al Tablero de anuncios (o a los Tableros).
La Salida
7. Las carreras se comenzarán con el disparo de una pistola. Se utilizarán las voces y el procedimiento de las carreras superiores a 400 m. (Artículo 162.3). En carreras donde haya un gran número de atletas, deberá darse un aviso 5 minutos antes de la salida de la carrera, así como otros avisos adicionales si fueran necesarios.
Seguridad y exámenes médicos
8. (a) El Comité Organizador de las Pruebas de Marcha tiene que garantizar la seguridad de los atletas y de los Oficiales. En las competiciones de Marcha a que se refiere el Artículo 1.1(a), (b), (c) y (f), el Comité Organizador se asegurará de que las carreteras que han de utilizarse para la competición serán cerradas al tráfico motorizado en todos los sentidos.
(b) En las competiciones a que se refiere el Artículo 1.1 (a), (b), (c) y (f) de la IAAF, las pruebas se programarán de tal modo que se asegure que los atletas comiencen y finalicen con la luz del día.
(c) Un examen médico sobre el terreno durante el desarrollo de una prueba, realizado por un miembro o miembros del personal médico designado por el Comité Organizador, y claramente identificado con petos o distintivos similares no será considerado como asistencia.
(d) Un atleta tiene que retirarse inmediatamente de la prueba si así lo ordenara el Delegado Médico o un miembro del personal médico oficial.
Puestos de Esponjas/Bebidas y Avituallamiento
9. (a) En la salida y llegada de todas las carreras habrá agua y otros refrescos apropiados.
(b) Para todas las pruebas hasta 10 km. inclusive, se pondrán puestos de esponjas/bebidas con intervalos apropiados si las condiciones climatológicas aconsejan dicha provisión.
(c) Para todas las pruebas superiores a 10 km. se pondrán puestos de avituallamiento en cada vuelta. Además, se instalarán puestos de esponjas/bebidas, donde se facilitará únicamente agua, aproximadamente a mitad de camino entre los puestos de avituallamiento, o con más frecuencia, si las condiciones climatológicas aconsejan dicha provisión.
(d) Los avituallamientos, que pueden suministrarse bien sea por el Organizador o por los atletas, se colocarán en los puestos de modo que los atletas tengan fácil acceso a ellos, o puedan ser entregados en sus manos por personas autorizadas.
(e) Un atleta que recoja avituallamientos en cualquier otro lugar situado fuera de los puestos asignados, se expone a ser descalificado por el Juez Árbitro.
(f) En competiciones organizadas según el Artículo 1.1 (a), (b), (c) y (f), un máximo de dos representantes oficiales de cada país pueden situarse detrás de la mesa de avituallamiento al mismo tiempo. Bajo ninguna circunstancia puede un oficial correr al lado del atleta mientras éste esté tomando su avituallamiento.
Circuitos en carretera
10. (a) En las competiciones a que se refiere el Artículo 1.1(a) el circuito no será superior a 2.5 km. ni inferior a 2 km. Para el resto de competiciones el circuito no deberá ser superior a 2.5 km. ni inferior a 1 km. En las pruebas que comiencen y finalicen en el Estadio, el circuito estará situado tan cerca como sea posible del Estadio.
(b) Los circuitos en carretera serán medidos de acuerdo con el Artículo 240.3 de la IAAF.
Desarrollo de la Prueba
11. En las pruebas de 20 km. o más, un atleta podrá abandonar la carretera o pista con el permiso y bajo supervisión de un Oficial, siempre que la distancia por recorrer no sea disminuida al dejar el circuito.
12. Si el Juez Árbitro está convencido, respecto al Informe de un Juez o de un Auxiliar, o de otro modo, de que un atleta ha dejado el recorrido marcado, reduciendo así la distancia a recorrer, el atleta será descalificado.
Un Juez deberá colocarse en una posición en la que pueda ver las piernas de los competidores. A este respecto, recordar la prohibición de que compitan con cualquier tipo de pantalón largo. En una competición en pista, la posición ideal es la de fuera del campo, sobre las calles, ya que en el interior de la pista, el bordillo dificulta la visión de los pies del competidor. Para una competición de carretera, el Juez deberá, si es posible, moverse a la posición donde pueda ver claramente el contacto con la superficie de la carretera. Otra buena posición es en un ángulo de 45º del competidor que se está moviendo, viéndole pasar de perfil, a una distancia de entre 5 a 10 metros de su trayecto, y durante un paso de 20 a 30 metros delante del Juez. Hay que evitar juzgar al atleta viéndole venir de frente, ya que da la impresión óptica de que pierde el contacto; y también hay que evitar juzgarlo viéndole irse de espaldas a nosotros, o desde una gran distancia, ya que la impresión óptica es de que va flexionando.