ARTÍCULO 122
Director de la Reunión
El Director de la Reunión será el responsable del correcto desarrollo de la Reunión. Comprobará si todos los Oficiales se han presentado para cumplir su misión, designará sustitutos cuando sea preciso y tendrá la autoridad para cambiar de puesto a cualquier Oficial que no esté cumpliendo las Normas. En colaboración con el Jefe de Pista nombrado, tomará medidas para que solamente las personas autorizadas permanezcan en el interior de la pista.
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